Corte falla a favor de Miguel Krassnoff y da opciones para libertad condicional de ex brigadier
La Primera Sala del tribunal estimó que el ex uniformado, condenado por violaciones a los derechos humanos, cumple con los requisitos para acceder al beneficio carcelario y, por tanto, la comisión a cargo debe pronunciarse al respecto.
SANTIAGO.- Como una buena señal para poder lograr la libertad del ex brigadier Miguel Krassnoff, tras once años en la cárcel, calificó su abogado Raúl Meza, el fallo de este viernes de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió –parcialmente- el recurso de protección que busca la libertad condicional del ex miembro de la DINA.
Ello, luego que la Primera Sala del tribunal de alzada estimara, de manera unánime, que el interno cumple con todos los requisitos para optar al beneficio carcelario, de acuerdo al informe emitido por Gendarmería de Chile.
Por ello, de acuerdo al fallo, la Comisión de Libertades Condicionales –compuesto por un ministro de la Corte de Apelaciones, cinco jueces de garantía y otros cinco magistrados de tribunales orales- deberá pronunciarse respecto y resolver si concede o no el requerimiento del ex uniformado, quien permanece recluido en el penal Punta Peuco.
Lo anterior, porque en abril pasado, cuando dicha comisión revisó el listado de internos que solicitaban el beneficio y que fue entregado por la institución carcelaria, decidió no pronunciarse, lo que –a juicio del tribunal de alzada- fue "arbitrario e ilegal", considerando que existían los antecedentes para establecer que el interno contaba con una conducta intachable durante los últimos tres bimestres, logrando la máxima calificación correspondiente a nota 5.0.
De esta manera, por primera vez, la Corte de Apelaciones da opciones para que Krassnoff –cuyas condenas en su contra superan los 400 años de cárcel- pueda optar a la libertad condicional bajo la vigilancia de Gendarmería.
Ello, sin embargo, deberá ser revisado por la Corte Suprema, ya que Meza recurrirá al máximo tribunal por estimar que, a pesar que la resolución falló a su favor, la Corte de Apelaciones debió conceder el beneficio y no derivar la decisión a la Comisión de Libertades Condicionales que ya tuvo un pronunciamiento al respecto.
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